A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Ofelia Livingston De Barker·Respondent Gobernacion De San Andres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito del Departamento Archipiélago de San Andrés y el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Andrés.
Constata la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente de competencia, luego de que el primer despacho mencionado decidiera tomar las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1983 de 2017 para declarar la nulidad de todo lo actuado por el juez de primera instancia y, por esa vía, abstenerse de resolver la impugnación.
Considera la Sala que con dicha actuación se afectó no solo la celeridad y eficacia en la administración de justicia y la protección a los derechos fundamentales de la accionante, sino que desconoció el principio de perpetuatio jurisdictionis.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la precitada autoridad, para que de manera inmediata profiera el fallo de segunda instancia a que haya lugar.
Así mismo, se le advierte que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017.
Al otro juzgado se le advierte que, los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 19 de octubre de 2020, proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito del Departamento Archipielago de San Andres, mediante el cual declaro la nulidad de la sentencia del 8 de septiembre de 2020 proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de San Andres.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3909 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito del Departamento Archipielago de San Andres para que resuelva la impugnacion presentada por la accionante.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito del Departamento Archipielago de San Andres que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017.
- Cuarto. ADVERTIR al Juez Unico Penal del Circuito Especializado de San Andres que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Quinto. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes y al Juez Unico Penal del Circuito Especializado de San Andres la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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